lunes, 10 de agosto de 2026

DE LA ESPRIELLA UN CORSARIO (PIRATA MERCENARIO) DE ESTADOS UNIDOS

DE LA ESPRIELLA UN CORSARIO (PIRATA MERCENARIO) DE ESTADOS UNIDOS

De corso1.

1. adj. Dicho de un buque: Que andaba al corso, con patente del Gobierno de su nación.

2. adj. Dicho de un capitán o de un miembro de la tripulación: De un buque corsario. U. t. c. s. m.

Sin.: armador.

3. m. y f. pirata.

Sin.: pirata, filibustero, bucanero, aventurero, bandido.

(Consultado el 8 de agosto 2026 en https://dle.rae.es/corsario)


corso1

Definición

Del lat. cursus 'carrera'.

m. Campaña marítima que se hace al comercio enemigo, siguiendo las leyes de la guerra.

2. m. Mar. Campaña que hacían por el mar los buques mercantes con patente de su Gobierno para perseguir a los piratas o a las embarcaciones enemigas. Ir, salir a corso. Venir de corso.

Sin.: persecución, batida, piratería, saqueo.

3. m. Arg., Bol., Chile, Ec., Par., Perú y Ur. Desfile con carrozas, comparsas y personas disfrazadas, generalmente durante la época de carnaval.


Sinónimos o afines de «corso1»

persecución, batida, piratería, saqueo.

licencia, patente, permiso, concesión.

(Consultado el 8 de agosto 2026 en https://dle.rae.es/corso)


patente de corso

f. Derecho que alguien se atribuye para hacer o decir lo que le viene en gana.

2. f. Despacho con que el Gobierno de un Estado autorizaba a particulares para hacer el corso contra los enemigos de la nación.

(Consultado el 8 de agosto 2026 en https://dle.rae.es/patente#570AL6s)


corsario

Int. púb. Armador, capitán y tripulación, y por extensión el propio buque, dedicados al corso en virtud de autorización y comisión otorgada por un poder soberano denominada patente de corso, para hacer la guerra en el mar contra el comercio enemigo bajo las mismas normas que las fuerzas navales regulares, pero por su cuenta y riesgo, asumiendo los daños y perjuicios sufridos en su caso y sin recibir otra compensación que el botín obtenido al enemigo en campaña.

(Consultado el 8 de agosto 2026 en https://dpej.rae.es/lema/corsario)


corso marítimo

Int. púb. Operación de guerra marítima llevada a cabo por particulares por su cuenta y riesgo, pero bajo la autorización, el control y la responsabilidad de un Estado beligerante, condición que distingue al corso de la piratería.

(Consultado el 8 de agosto 2026 en https://dpej.rae.es/lema/corso-marítimo)


Un corsario es el miembro de la tripulación de un buque corsario, el cual era un buque que recibía una patente de corso de un Gobierno (en este caso de EEUU), o andaba al corso; esta palabra es sinónima de bandido y filibusterio. Se diferencia del pirata en que el pirata no tenía esta patente de corso, era perseguido por el Gobierno o los Estados, aunque el corsario comete "actos de piratería", estos actos son autorizados y por ende no son propiamente actos de piratería sino de corsarios o mercenarios, estos actos consisten en patrullar las aguas bajo control del estado contratante, o navegar en aguas no controladas aún por el estado contratante para extender el control y la presencia de ese Estado, también ejercer acciones marítimas territoriales defensivas del Estado contratante y ofensivas, aunque generalmente estas acciones no son propias de la disciplina o del protocolo militar o estatal sino que son acciones paramilitares, es decir, aquellas donde se usan técnicas o tácticas propias de grupos ilegales, como los piratas, interceptando naves, abordándolas, saqueándolas, dañándolas, hundiéndolas y cometiendo todo tipo de vejámenes contra la tripulación, sin ningún tipo de represalia por parte del estado contratante, es decir, con una total inmunidad, que era una de las prerrogativas de la "patente de corso" y uno de los sentidos en los que se usa hoy en día, el permiso de hacer cualquier cosa sin ninguna consecuencia o sanción, siendo también considerada una forma de privatización de la seguridad, de un servicio público (como lo defiende este artículo https://mises.org/es/mises-wire/los-corsarios-un-ejemplo-de-defensa-militar-del-sector-privado). 


El uso de los corsarios fue común para los imperios medievales y modernos como el imperio francés, británico y otras potencias marítimas (https://bibliofep.fundacionempresaspolar.org/dhv/entradas/c/corsarios/) y hoy en día, por parte de los EEUU, ya no tanto en el mar, como corsarios, sino en tierra como paramilitares.


La táctica estadounidense, bajo el actual gobierno de ultraderecha de Trump, ha optado por licenciar, autorizar, dar patentes de corso, a particulares en todo el continente americano, para ampliar su influencia en estos territorios "no controlados" o no alineados con sus políticas o intereses político-económicos, el corsarismo se convirtió en una empresa real, una organización particular capaz e ofrecer un servicio a la realeza o la potencia de turno o mejor postor, por eso vemos que principalmente los nuevos corsarios de Latinoamérica son empresarios (https://www.eltiempo.com/mundo/latinoamerica/presidentes-mas-ricos-de-america-latina-quienes-son-y-sus-fortunas-712730; https://www.bbc.com/mundo/noticias/2016/03/160309_presidentes_millonarios_america_latina_all), como el fallecido presidente de Chile (2010-2014; 2018-2022) y empresario chileno Sebastián Piñera (n. 1/12/1949 - f. 6/02/2024, con una fortuna personal de unos 2.700 millones de dólares); Horacio Cartes (n. 5/07/1956, fortuna de 500 millones de dólares), presidente de Paraguay (2013-2018); Luis Abinader (n. 12/07/1967, fortuna de 76 millones de dólares), presidente de República Dominicana(2020-2024, 2024-2028); Guillermo Lasso (n. 16/11/1955, fortuna de 64 millones de dólares), presidente de Ecuador (2021 -2023); Mauricio Macri (n. 8/02/1959, fortuna de 4 millones de dólares), presidente de Argentina (2015-2019); Nayib Bukele (n. 24/07/1981, fortuna de 2,5 millones de dólares), presidente de El Salvador (2019-2024; 2024-2029); o Javier Milei (n. 22/10/1970), presidente de Argentina (2023-2027), y últimamente del oscuro empresario Abelardo de la Espriella (n. 31/07/1978, fortuna de 5 millones de dólares), que al menos en esta convocatoria de corsarismo sí tuvo éxito, posesionándose como presidente de Colombia el día 7 de agosto de 2026, luego de abiertamente reconocer la bandera a la que sirve, la de EEUU, país ante el cual juró fidelidad en la guerra, al naturalizarse como estadounidense:

Juramento de Lealtad (Oath of Allegiance)

“I hereby declare, on oath, that I absolutely and entirely renounce and abjure all allegiance and fidelity to any foreign prince, potentate, state, or sovereignty, of whom or which I have heretofore been a subject or citizen; that I will support and defend the Constitution and laws of the United States of America against all enemies, foreign and domestic; that I will bear true faith and allegiance to the same; that I will bear arms on behalf of the United States when required by the law; that I will perform noncombatant service in the Armed Forces of the United States when required by the law; that I will perform work of national importance under civilian direction when required by the law; and that I take this obligation freely, without any mental reservation or purpose of evasion; so help me God.” 

"Por la presente declaro, bajo juramento, que renuncio absoluta y enteramente y abjuro de toda lealtad y fidelidad a cualquier príncipe, potentado, estado o soberanía extranjera, de quien o de los que hasta ahora he sido súbdito o ciudadano; que apoyaré y defenderé la Constitución y las leyes de los Estados Unidos de América contra todos los enemigos, extranjeros y nacionales; que tendré verdadera fe y lealtad a la misma; que llevaré las armas en nombre de los Estados Unidos cuando lo exija la ley; que realizaré servicio no combatiente en las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos cuando lo exija la ley; que realizaré trabajos de importancia nacional bajo dirección civil cuando así lo exija la ley; y que asumo esta obligación libremente, sin ninguna reserva mental ni propósito de evasión; así que ayúdame Dios".

(Consultado el 8 de agosto 2026 en https://usahello.org/es/ciudadania/preparate/juramento-de-lealtad/) 


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