Planificación vs planeación
La planificación implica planes, es la actividad relacionada con planear, para ello debemos saber qué es un plan, que involucra planos o diagramación de un proyecto, de una idea, de una meta, de un objetivo; esta diagramación, es necesaria en la planeación, sin diagramas no hay plan, por ende no hay planeación, la planeación es gráfica y abstracta, hace una abstracción de la realidad pero a su vez, es precisa, es decir no por ser abstracta, es imprecisa o vaga, sino todo lo contrario, busca a través de la abstracción simplificar, representar un problema, o una idea, meta u objetivo, de forma tal que pueda manejarse y hacerse realidad, todo plan es sobre algo futuro, por ende inexistente, algo que piensa hacerse o construirse, y la planeación es esa herramienta que permite dar a entender que es posible, que ya existe, al menos en planos.
Mientras la planificación se refiere a plazos o tiempos, al cronograma, es también necesario a la planeación, porque sin planificación, un plan es incompleto y deja de ser plan, es decir es difícil o menos probable que se puede ejecutar, no puede hacerse realidad, aunque el "casi" deja abierta la posiblidad a que de alguna forma sí pueda ejecutarse sin una planificación, pero queda sometido al azar, lo cual en estricto sentido de la planeación, por ejemplo administrativa o pública, incluso privada (refiriéndose a la colectiva priovada como las personas jurídicas, empresas, organizaciones o asociaciones), esto puede o suele conllevar a su vez responsabilidades con sanciones, es decir el no planificar o mal planificar, o dejar al azar si un plan se cumple o no, en este caso por no preveerse sus etapas, o tiempos de ejecución, o preveerlas mal, puede conllevar a sanciones de distinto índole (penal, disciplinarias, admisntrativas, fiscales); sin embargo debe tenerse en cuenta que las sanciones nunca son (o al menos en un estado de derecho y mas un estado social de derecho) nunca deben ser automáticas, sino que neceariamen te debe existir una norma o conjunto de normas que establezcan, previamente, de manera exacta la conducta sancionable (tipicidad) y el proceso que debe seguirse (legalidad), sino existen estas normas no sería sancionable, aunque como se menciona es lo común que sí existan estas normas en casi todo ordenamiento jurídico.